El 1 de junio de 2021 se han aprobado en el DOG nº 101 las nuevas ayudas para la digitalización de la industria 4.0 que el IGAPE pone a disposición de las empresas gallegas. Estas ayudas van destinadas a proyectos de digitalización de procesos de las empresas, cómo la fabricación distribuida, sistemas de facturación, procesos industriales, etc.

¿Quiénes son los destinatarios de la ayuda a la digitalización de la industria 4.0?

Los proyectos podrán ser en dos modalidades:

1.- Proyectos colectivos de un grupo de empresas

1.1.- Utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales

1.2.- Proponer la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de la gestión integral, específicamente diseñado para su ámbito de actividad

2.- Proyectos individuales para una PYME

2.1.- Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adaptación de una solución ya existente con sus clientes / proveedores

2.2.- Sistemas de Inteligencia Artificial, aprendizaje y toma de decisiones autónoma, big data o ciberseguridad

2.3.- Implementación de sistemas de digitalización de procesos o gestión integral (CRM o ERP)

Los proyectos de la modalidad 1 siempre tendrán preferencia sobre los proyectos de la modalidad 2.

CONSIDERACIONES

Los proyectos deberán de estar finalizados para optar el cobro de la subvención.

Los proyectos deberán ser técnica y económicamente viables.

El gasto subvencionable mínimo será de 12.000 €

¿Quiénes son los beneficiarios de la ayuda a la digitalización de la industria 4.0 del IGAPE?

Pequeñas y medianas empresas en cualquier forma jurídica que tengan al menos un centro de trabajo en Galicia

Para el caso de la actuación de los proyectos colectivos (punto 1) los interesados (mínimo dos PYMEs con centro de trabajo en Galicia) deberán previamente constituir una agrupación de las previstas en el artículo 8.3 de la ley 9/2007 y hacer constar en un documento los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro, y deberá contener al menos la siguiente información

  • Identificación de cada uno de los integrantes (Razón Social, DNI, Representante Legal…)
  • Acuerdo de representación de la agrupación
  • Reconocimiento de los compromisos adquiridos por cada integrante
  • Acuerdos de confidencialidad
  • Gestión de la agrupación y plan de contingencias
  • Autorización al IGAPE para recopilar datos de otras administraciones que sean necesarios para procesar la solicitud
  • Declaración de vinculación de empresas cuando esta exista
  • Firma de todos los integrantes

Para el caso de la actuación de los proyectos individuales (punto 2) las PYMEs podrán solicitar ayuda a los proyectos individuales

¿Cuáles son las excepciones de la ayuda a la digitalización de la industria 4.0?

No podrán solicitar la ayuda:

  • Las empresas que sean prestadoras de servicios o productos similares para los que se solicita la ayuda

    Las empresas que concurran en alguna circunstancia prevista en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007

    Las empresas que en el 31/12/2019 estuvieran dentro de la categoría de empresas en crisis y mantengan actualmente esa condición

    Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión e la comisión que tenga declarada una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común

¿Cuáles son los gastos subvencionables de la ayuda a la digitalización de la industria 4.0?

Son subvencionables los siguientes tipos de gastos

  • Inversiones en material y/o inmateriales nuevos adquiridos en propiedades. Se excluye la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, mobiliario, medios de transporte y equipamiento de oficina (excepto elementos informáticos)

    Colaboraciones externas de carácter tecnológico o organizativo: asistencia técnica, consultoría, adaptación de servicios. Nota: las actividades no podrán estar sujetas a actividades permanentes o periódicas, ni podrán estar relacionadas con los servicios de explotación normales de la empresa (asesoría fiscal, servicios jurídicos periódicos o publicidad)

    Gastos de subscripción a software como servicio de mercado. El periodo subvencionable será el periodo de subscrición durante la vigencia de la ayuda. Si el plazo es superior, el periodo restante se descontará pro rata. Será necesario acreditar, como mínimo, la existencia de una página web dónde se expliquen las características de dicho software

    El IVA siempre y cuando suponga un costo real para el beneficiario.

Específico para los proyectos colectivos (punto 1)

  • Si se opta por un contar con un organismo intermedio, esté podrá facturar a las PYMEs participantes en concepto de gastos de coordinación. Este gasto es subvencionable de colaboraciones externas y se dividirá entre las PYMEs participantes.

    Si el importe subvencionable es superior a 50.000€, y son coordinados por un hub de innovación digital, se subvencionarán 5.000€ en concepto de esta coordinación

¿Cuáles son los requisitos de inversión de la ayuda a la digitalización de la industria 4.0?

  • Las actuaciones subvencionables no podrán haber comenzado antes de la presentación de la ayuda en el IGAPE (salvo determinados trabajos como estudios previos de viabilidad)

    Los bienes objetos de inversión deberán ser adquiridos en propiedad.

    Los bienes o servicios subvencionables deberán ser adquiridos a proveedores externos (terceros) y no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante.

    Cuando el importe subvencionable supere las cuantías establecidas en la ley 9/2017 (importe igual o superior a 15.000€) el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación

    La inversión se incluirá en el activo de la empresa (podrá ser sustituido en caso de obsolescencia) y mantenerse en el centro de trabajo de Galicia durante al menos los 3 siguientes años a la finalización del plazo de ejecución del proyecto

    Para el caso de inversión en activos intangibles, deberán cumplir con las siguientes condiciones: Emplearse únicamente en la empresa beneficiaria, considerarse activos amortizables y adquirirlos a terceros en condiciones del mercado sin que el comprador pueda influir sobre el vendedor o viceversa.

    El costo de adquisición de las inversiones o gastos subvencionables no podrán ser superiores al valor de mercado.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda a la digitalización de la industria 4.0?

Como norma general el 50% de los gastos subvencionables.

Para empresas de los siguientes sectores se puede conseguir un 70% si se acredita una caída de ingresos mínima del 25% en el año 2020.

Automoción

Textil / Moda

Industria Auxiliar naval

Se considera una subvención máxima por empresa de 1.800.000 € (270.000€ para empresas de pesca / acuicultura y 225.000€ para empresas de producción primaria / agraria)

¿Cuál es el baremo para la obtención de la ayuda a la digitalización de la industria 4.0?

Los proyectos que cumplan las condiciones necesarias se evaluarán con los siguientes criterios

1.- Calidad técnica del proyecto (hasta 54 puntos)

2.- Grado de interoperabilidad del proyecto (hasta 36 puntos)

3.- Sector o ámbito de la actividad (5 puntos)

4.- Proyectos de las modalidades 1 y 2.1 o 2.2 con importes subvencionables superior a 50.000€ coordinados por un hub de innovación digital (5 puntos)

Los proyectos deberán contar con las siguientes puntuaciones mínimas para ser aprobados:

Proyectos de la modalidad 1 y 2.1 – 50 puntos

Proyectos de la modalidad 2.2 y 2.3 – 30 puntos

¿Cuál es el régimen de la ayuda a la digitalización de la industria 4.0?

Será en régimen de concurrencia competitiva

¿Necesitas más información?

Ponte en contacto con nosotros si tienes cualquier duda o necesitas más información. Te haremos un presupuesto personalizado según las necesidades de tu negocio.

Noticias relacionadas

Nuevo bono autónomos de la Xunta – TR341Q
Nuevo bono autónomos de la Xunta – TR341Q

Como cada año, la Xunta de Galicia ha publicado las bases de la convocatoria del nuevo "Programa del bono de las personas autónomas" (Código TR341Q). Para este 2024, el importe subvencionable será del 60% de un máximo de 7.000€, con el objetivo de mejorar la...

PEL Emprende Inversión 2023
PEL Emprende Inversión 2023

El 8 de febrero de 2023 se ha publicado en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña) la nueva convocatoria de ayudas para empresas del programa PEL Emprende 2023 que ofrece la Diputación de la Coruña. Esta ayuda forma parte del Programa de Empleo Local, y...